Aritz Recalde, junio 2019
En el mes de octubre del año
2017 el Secretario General de la FATUN, Nelso Farina, mencionó que la actividad
nodocente nació con la creación de la primera universidad en Córdoba en 1613 y
puntualizó que “los nodocentes existíamos antes de ser la Argentina”.
Si bien los trabajadores del
claustro fueron fundamentales desde el origen de la institución, la gran
mayoría de los textos de historia de la educación no los mencionan. La causa de
dicha omisión tiene diversas posibles interpretaciones. Por un lado, la universidad
es una institución elitista que reproduce una ideología que considera al
trabajo manual como una actividad secundaria, en relación a la tarea
intelectual. Vinculado a dicha concepción, cuando la institución empezó a
cogobernarse lo hizo solamente con intervención de miembros docentes. Asimismo,
el proceso de ascenso y de mayor acumulación política de los nodocentes se dio
a fines de los años sesenta y a principios de los setenta y fue interrumpido,
violentamente, por la dictadura de 1976.
Ya sea por la ideología
elitista y clasista de la universidad, por la derrota política o por otras
causas, los nodocentes no aparecieron en la historiografía y se ocultaron o se
ignoraron sus acciones y sus iniciativas.
En el presente texto, vamos a
comentar algunos antecedentes que documentan cómo se produjo el ingreso de los
nodocentes al cogobierno. Además, describiremos un conjunto de sus propuestas
para la organización de las universidades argentinas.
1. Antecedentes
legislativos y políticos del ingreso nodocente al cogobierno
Los nodocentes y la Ley Universitaria 13.031 de 1947
En el marco de la sanción de
la nueva normativa universitaria del año 1947, el bloque de la minoría de la
UCR presentó un Proyecto de Ley. El texto llevó las firmas de Luis Dellepiane y
de Alfredo Calcagno e incluyó, por primera vez en el país, el ingreso de los
nodocentes en el gobierno de la institución académica.
El artículo 9 del Proyecto
detalló que “cuando se traten asuntos que conciernen directamente al personal
auxiliar, técnico y administrativo, y al sólo efecto de intervenir en
consideración tendrán derecho a asistir a sesiones del consejo superior, de los
consejos directivos y de sus comisiones, con voz y voto, dos representantes de
dicho personal, designados en votación directa o por asociación de empleados de
la universidad que es su órgano legítimo”.
La mención a que sus miembros
podían ser elegidos por votación de la “asociación de empleados”, introdujo uno
de los rasgos originales de los nodocentes cuyo claustro se caracterizó por el
hecho de que el representante del cogobierno, es elegido por la asociación
sindical.
El proyecto de la UCR no fue
tratado y se aprobó la iniciativa del Justicialismo. La ley 13.031 no incluyó
la participación nodocente en la gestión de la política institucional. El tema
no fue mencionado en el debate del recinto de la Cámara de Diputados y el
bloque de la UCR se centró en exigir la mayor participación de los estudiantes
y la inclusión de los graduados. El radicalismo tampoco impulsó la medida en el
año 1956, cuando integrando junto al socialismo el bloque político que organizó
la dictadura de 1955, se hicieron cargo de las universidades.
La ley 13.031/47 estableció
que para alcanzar el cargo de Rector se debían poseer diez años de diplomado y
un título emitido por una Facultad nacional o ser profesor titular o adjunto
confirmado de una universidad. Con dicha redacción, podrían ocupar el cargo los
egresados o los nodocentes sin tener cargo docente (1).
Bases para una Nueva Universidad
En el año 1972 la Federación
Universitaria de la Revolución Nacional (FURN) de la ciudad de La Plata,
publicó las Bases para una Nueva Universidad.
El texto fue puesto a consideración de la Asociación de Trabajadores de la
Universidad de La Plata (ATULP) que le hizo varios aportes y participó de su
presentación pública (Godoy 1995: 118).
Este trabajo es uno de los
pocos documentos de la etapa en dónde se propone la participación de los
nodocentes en el gobierno de la universidad. Las Bases impulsaron el gobierno
tripartito integrado por docentes, estudiantes y no docentes. En la iniciativa
se sumarían además, miembros de la comunidad y de los gobiernos Provincial y
Nacional.
La FURN abogó por un mayor
compromiso de la enseñanza con la actividad productiva, política y social. La
docencia, la ciencia y la investigación debían ligarse a los Planes Nacionales
de Desarrollo.
Las Bases creaban un
Departamento Central de Planificación dependiente de Rectorado, que tenía una
función ordenadora y orientadora de toda la política institucional de la
universidad.
La propuesta impulsó la
formación de grupos de trabajo interdisciplinarios, la implementación de
títulos intermedios y la adscripción obligatoria de los graduados y de los
estudiantes a actividades de investigación. Los estudiantes serían instructores
de sus compañeros y se fomentó la enseñanza teórica y práctica.
Las Bases propusieron refundar
la estructura académica tradicional de la UNLP de cátedras y de Facultades e
impulsaron para eso un sistema Departamental. Esta propuesta guío el proyecto
universitario durante el tercer gobierno Justicialista.
La Federación Universitaria Argentina y los nodocentes
En el año 1973 la Mesa
Directiva de la Federación Universitaria Argentina (FUA), impulsó un Proyecto
de Ley. El documento llevó las firmas del Secretario General Marcelo Stubrin y
del Presidente Miguel Godoy.
El artículo 8 de la iniciativa
constituyó a la Comunidad Universitaria con la participación de los
estudiantes, con los docentes sin distinción de categorías, con graduados y con
miembros nodocentes. En los Consejos Directivo y Superior los cuatro claustros
tendrían igualdad de representación.
La propuesta sostuvo que “el
personal no docente de la Universidad es miembro de su comunidad, teniendo por
lo tanto las obligaciones y derechos que como tal establece la ley”. La
elección de sus representantes se realizaría a partir del voto secreto,
universal y obligatorio (artículo 33).
Los cargos nodocentes se
cubrirían por concurso y el artículo 32 de la iniciativa fijó que “la
Universidad Nacional posibilitará a los no docentes que lo deseen completar el
ciclo de enseñanza secundaria a ingresar al ciclo superior de la enseñanza
adaptando los horarios de trabajo con los de estudio”.
[1]Actualmente, el artículo 54 de la Ley de Educación Superior
24.521/95 establece que para ser Rector “se
requerirá ser o haber sido profesor por concurso de una universidad nacional”.